miércoles, 12 de octubre de 2016

                                                     REGISTRO INICIAL (RI)

EL Boyero de Berna Club Argentino, luego de haber mantenido una reunión explicativa con autoridades  de FCA en relación a la implementación del Registro Inicial, comunica  a los socios que:
El BBCA ha aceptado la invitación de FCA para constituirse en el responsable de la evaluación de los ejemplares que se presenten para su aprobación provisoria.

El RI  es un anexo al Registro Genealógico de FCA, que identificará a cada ejemplar con un nuevo número, distinto al ordenamiento del registro actual en uso.
El BBCA aceptará ejemplares que cumplan estrictamente con los requisitos que figurarán en el Reglamento del Club, como ser:
Microchip previo antes de ser presentado para su examen.
Certificado libre de displasia de codos y caderas, con graduación de Norberg y especial pronunciamiento respecto a la presencia de osteocondritis.
Certificado genético de las enfermedades comunes de la raza: Von Willembrand tipo 1, mielopatía degenerativa Gen Sod 1A, mielopatía degenerativa Gen Sod 1B.
El examen del ejemplar será realizado en:
a)     En CABA y Gran Buenos Aires: en la sede del Club o en el ámbito de las exposiciones especializadas de la raza. Los ejemplares serán examinados por jueces especialistas y/o por criadores con experiencia reconocida.
b)     En el resto del país: el Club designará un juez All Rounder que examinará al ejemplar en ocasión de las exposiciones organizadas por FCA en el interior del país. El juez así designado debe contar previamente al examen con los certificados de los estudios solicitados.
Para obtener el RI, el ejemplar que se presenta debe reunir tres condiciones: estándar, temperamento y salud.
En todos y cada uno de los exámenes solicitados (Placas radiográficas y análisis de laboratorio) debe figurar el número correspondiente al microchip del ejemplar. Todos los costos de estas gestiones correrán a cargo del interesado en registrar su perro.

FCA se compromete a respetar la decisión del Club, la cual es inapelable.

Los ejemplares inscriptos en el RI pueden participar de exposiciones nacionales organizadas por FCA, pero no en las internacionales.  El Club debe decidir la conducta en los casos de exposiciones especializadas.
La cría de los ejemplares inscriptos en el RI también será provisoria;  y recién podrán ingresar al Registro Genealógico de FCA después de la cuarta generación.
La cría de una cruza entre un ejemplar RI y otro con Registro Genealógico de FCA continuará siendo RI.
La Comisión Directiva del BBCA debe reunirse a la brevedad posible para conformar el Reglamento con las exigencias para el otorgamiento del RI.

Quedando a disposición de los socios para aclarar cualquier duda, los saludo cordialmente

Marita Subiza                                          Susana  Soria
Presidente BBCA                                       Secretaria        


                 



A los socios del Boyero de Berna Club Argentino y a los propietarios de la raza en general,
 

Nos dirigimos a ustedes con el fin de darles a conocer lo resuelto por la Comisión Directiva del Club en relación a lo dispuesto por la circular 6/2016 de la Federación Cinológica Argentina sobre el Registro Inicial, es decir, sobre la facultad de otorgar pedigrí a perros que actualmente no lo tienen.

 Tal efecto, se llevaron a cabo varias reuniones con el Comité Ejecutivo de FCA, donde el presidente de cada club de raza reconocido oficialmente expuso su parecer sobre el tema convocante.

Como resultado de lo tratado, el Club ha optado por hacerse cargo de la inspección de los perros propuesta por FCA, para lo cual ha conformado el siguiente Reglamento para el otorgamiento del Registro Inicial (RI):

Registro Inicial

Reglamento de Admisión para la raza Boyero de Berna

1.     El interesado en registra un ejemplar debe comenzar por solicitar un turno al Club.

2.     Todo ejemplar deberá estar previamente identificado con microchip.

3.     El propietario deberá presentar el certificado de libre displasia de codos y caderas, con graduación de Norberg

4.     También deberá presentar el certificado genético de libre de enfermedades más comunes de la raza, a saber:

Enfermedad de Von Willembrand tipo 1

Mielopatía degenerativa Gen Sod 1A

Mielopatía degenerativa Gen Sod 1B

5.     Todos los gastos que insuman  estos estudios serán a cargo del solicitante del RI.

6.     En el caso que se conozca a los progenitores del ejemplar a evaluar, pero que no existan los documentos correspondientes a los mismos, se solicitará el ADN de los progenitores, las radiografías de las articulaciones, y se evaluarán principalmente la salud, el cumplimiento del estándar y el temperamento. 

7.     Luego de cumplidos estos requisitos, el ejemplar deberá ser examinado por jueces especialistas y/o reconocidos criadores de la raza Boyero de Berna. A tal fin se fijará el lugar la fecha y el horario.

8.     Cuando el ejemplar a evaluar no se encuentre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o en el Gran Buenos Aires, el Club designará a un juez que procederá a examinarlo en ocasión de una exposición canina cercana al domicilio del solicitante.

9.     El juez designado deberá exigir ante de examinarlo , la presentación de los exámenes requeridos por el Club en los puntos anteriores del presente Reglamento. 
      La aceptación deberá ser aprobada por unanimidad por los jueces designados y por la comisión directiva.
   

    10.  La decisión del Club no admite apelación. El ejemplar rechazado no podrá solicitar una nueva evaluación.

    11.  Los ejemplares incorporados al Registro Inicial no podrán participar en exposiciones especializadas.


 Comisión Directiva
Boyero de Berna Club Argentino